Comunidades de propietarios

2 13 marzo 2019 comunidades de propietarios » L. A. I. ¿Es obligatorio aceptar el cargo de administrador o secretario de la comunidad? La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) (artículo 13.2) solo esta- blece la obligatoriedad de desem- peñar el cargo de presidente. Ade- más, el artículo 13.5 dicta que las funciones de secretario y adminis- trador serán ejercidas por el presi- dente de la comunidad salvo que los estatutos o la junta de propie- tarios, por acuerdo mayoritario, los dispongan por separado de la pre- sidencia. Por tanto, solo será obli- gatorio aceptar los cargos de secre- tario y del administrador si así cons- ta en las normas de comunidad o se ha aprobado en Junta. ¿Puede solicitarse el cambio de presidente? ¿Por qué y cómo? Si no cumple con sus funciones puede ser relegado del cargo, pero es muy extraño, ya que realmente la LPH no prevé ninguna sanción en caso de incumplimiento y los propietarios suelen estar muy deso- rientados en este tema. En cual- quier caso, para cambiarlo habría que convocar una junta de propie- tarios que representen al menos el 25% y en la que se vote para deci- dir o no el cambio. ¿Está prohibido fumar en una comunidad de vecinos? ¿Dónde y cómo se limita? Existe la prohibición de fumar en todos los sitios cerrados del edifi- cio ya sean ascensores, elevadores o trasteros comunitarios.También están vetados el portal, las escale- Los expertos responden Josu Zulueta, de la Asociación de la Cámara Urbana de Bizkaia y Blanca de la Peña, gerente de la Asociación de Propietarios Urbanos de Álava, aclaran algunas de las dudas más comunes en las comunidades de vecinos «Está prohibido fumar en las zonas comunes cerradas, y en las abiertas si las frecuentan menores»

RkJQdWJsaXNoZXIy NDcxODE=